¿Qué pasa si no fui a votar en las Elecciones PASO 2021?

Provincia y Nacion17 de septiembre de 2021 Por Diario Diez M
Los ciudadanos que no acudieron, deberán justificar su ausencia a través de Internet adjuntando un documento que avale dicha falta

El Domingo 12 de Septiembre fueron las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) correspondiente a las elecciones legislativas 2021. Cabe decir que en Mendoza y a nivel  Nacional es una obligación votar, por lo que aquellos que no lo hagan deberán justificar su no emisión del voto, o si no pagar una multa. Pero más aún no votar puede complicar algunos trámites simples en oficinas públicas o incluso el acceso al trabajo.

 La consecuencia más conocida es que aquellos que no emitieron el sufragio este domingo deberán pagar una multa de $50, y si no votan en las generales del 14 de noviembre, el valor será de $100. De esta manera, quien se ausente de las dos elecciones, deberá abonar una suma de $150  de multas. 
 
¿QUÉ PASA SI NO VOTE EN LAS PASO?

Las personas que no acudieron a votar deberán justificar su ausencia a través de Internet, la cuál podrá gestionarse en el apartado específico que ofrece el sitio de la Cámara Nacional Electoral (CNE) (https://infractores.padron.gob.ar/). Ahí mismo se puede cargar el documento que avale la ausencia en las elecciones, junto a los datos personales del ciudadano.

De acuerdo al Código Nacional Electoral, en su artículo 126 que quien no pagara la multa “no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales. Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de sesenta (60) días establecido en el primer párrafo del artículo 125”. Es decir, luego del plazo en el que las personas que no votaron pueden gestionar la constancia de justificación. 

¿CÓMO SE PAGA LA MULTA POR NO VOTAR?

La deuda puede abonarse a través del Banco de la Nación Argentina personalmente o por medios electrónicos con tarjeta de crédito, débito, transferencia o cupón de pago mediante el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral.

¿EN QUÉ CASOS ESTÁ JUSTIFICADO NO VOTAR?

  • Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana.
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
  • Quienes tengan coronavirus o sean considerados casos sospechosos.
  • Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

¿PUEDO VOTAR EN LA PASO AUNQUE TENGA CORONAVIRUS?

No. El juez federal  a través de una resolución, dispuso que los contagiados y quienes pudieran estarlo tendrán prohibido sufragar. Podrán justificar la inasistencia, y quienes vayan serán pasibles de que se les labren actas.

¿CÓMO CERRAR EL SOBRE Y EVITAR CONTAGIOS?

Las medidas de higiene establecidas en el protocolo serán de estricto cumplimiento y además hay una serie de sugerencias para evitar la propagación del virus: el uso correcto del barbijo tanto dentro como fuera de los establecimientos escolares, la distancia social y la higiene de manos.

Se resalta la importancia de llevar lapicera para firmar, no entregar en mano el DNI sino solo apoyarlo en la mesa, y, sobre todo, evitar cerrar el sobre con saliva. Se recomienda doblar la solapa del sobre hacia el interior del mismo.

El doctor Sergio Saracco, especialista en Emergentología y presidente de la Asociación Toxicológica Argentina, explicó que “es el riesgo que existe siempre de poner la lengua sobre la superficie de un elemento que lo ha manipulado un montón de gente no es para nada sanitario ni saludable”.

“Con el sólo hecho de que se introduzca la papeleta dentro del sobre y se doble la solapa del sobre hacia el interior del mismo queda cerrado y va a la urna, queda seguro y sin inconvenientes”, completó.

“No es motivo de impugnación cerrar con saliva. Se recomienda no hacerlo y tampoco usar ningún pegamento, solo introducir dentro del sobre la solapa”, sostuvo a Chequeado Leandro Luppi, prosecretario Electoral de la Provincia de Buenos Aires de la Justicia Nacional Electoral.

Respecto de cómo cerrar el sobre, desde la Cámara Nacional Electoral ya habían señalado a Chequeado en esta nota: “Para eso, las opciones son variadas y quedan a criterio del elector. Pueden utilizar algún pegamento, preferentemente en barra; una cinta adhesiva; otra forma de humedecer y activar el adhesivo del sobre, como por ejemplo, con el alcohol en gel que muchos llevan por prevención; o incluso introducir la solapa del sobre en su interior, asegurándose que quede la boleta bien sujetada en su interior”.

Sin embargo, en ninguna parte del protocolo se precisa que quien cierre con voligoma o con cualquier otro tipo de pegamento o con saliva fuera de la vista de las autoridades de mesa tendrá su voto impugnado.

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