¡Atención! si realizaste cambio de domicilio en tu DNI debes solicitar una nueva licencia de conducir y rendir examen
Muchos que necesitan renovar su licencia se toparon con una noticia inesperada: si cambiaron el domicilio hace más de 90 días, deben rendir el examen teórico y práctico nuevamente. La gran mayoría desconoce que si realizó cambio de domicilio en su DNI debe solicitar una nueva licencia.


Según el artículo 18 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, quien cambia el domicilio en su DNI, también debe hacerlo en la licencia de conducir: si lo hace dentro de los 90 días, será una renovación como cualquier otra. Desde el día 91, la persona deberá rendir nuevamente el examen práctico y teórico, como si lo estuviese solicitando por primera vez.
El motivo por el cual este artículo está impactando ahora en los mendocinos se debe a que la mayoría de los centros de emisión de licencias de conducir de la provincia adhirieron a la ley nacional en 2016, y ahora, cinco años después, esos primeros carnets nacionales están venciendo y la gente se va topando con la "novedad", publica el Sol on line.
Las autoridades indican que tiene que coincidir el domicilio del documento con el de la licencia porque ambos son documentos públicos. Pasados los 90 días de la fecha de emisión del DNI nuevo, el sistema obliga a iniciar el trámite desde cero.
Lo que dice la ley 24449
En su artículo 18, la norma nacional señala un apartado para la modificación de datos, donde expresa que "el titular de una licencia de conductor debe denunciar a la brevedad todo cambio de los datos consignados en ella. Si lo ha sido de jurisdicción, debe solicitar otra licencia ante la nueva autoridad jurisdiccional, la cual debe otorgársela previo informe del Registro Nacional de Antecedentes del Tránsito contra entrega de la anterior y por el período que le resta de vigencia".
Y resalta que la licencia caduca a los 90 días de producido el cambio no denunciado. En este caso, debe rendir nuevamente el exámen teórico y el práctico.
Las prórrogas
En el caso de que la licencia de conducir se encuentre vencida, hay una prórroga vigente que extiende por un año su validez.
Los carnets vencidos hasta el 31 de diciembre de 2021 tendrán validez por un año más. Por ejemplo: si una licencia venció el 10/11/2021, tendrá vigencia hasta el 10/11/2022.
Los carnets que vencen a partir del 1 de enero de 2022 no tendrán prórroga y vencerán automáticamente, por lo que desde las oficinas emisoras de licencias de conducir aconsejan no esperar a último momento para solicitar turno e iniciar el trámite.
Las multas
Otra de las causas comunes de "rebote" a la hora de renovar la licencia de conducir es tener impaga una multa de tránsito municipal o provincial.
Para ello, todos los sitios web municipales, donde se deben solicitar los turnos, adjuntan el link de consulta de multas para que, en caso de ser necesario, se regularice la situación antes de acudir a renovar el carnet.

