Ya es ley: en Mendoza la licencia de conducir tendrá una vigencia de 10 años
La Cámara de Diputados sancionó por completo y convirtió en ley el proyecto que amplía la vigencia de las licencias de conducir en Mendoza. La nueva normativa estableció que los conductores de entre 18 y 65 años podrán disfrutar de un carnet con una vigencia duplicada: de cinco a diez años.
Fuentes legislativas anticiparon que, en aproximadamente diez días, el Poder Ejecutivo promulgará la norma, lo que representaría el paso final para oficializar la medida y que esta comenzará a aplicarse en los centros de emisión de licencias de conducir distribuidos por toda la provincia.
El proyecto, que recibió el apoyo unánime de todos los legisladores, llegó a la Cámara de Diputados tras algunas modificaciones realizadas por el Senado. La oposición había señalado la necesidad de ajustar la redacción para aclarar desde cuándo comenzaría a regir la nueva vigencia.
La propuesta original, que hacía referencia a "licencias otorgadas", había suscitado confusiones. Por ello, se cambió a "las licencias que se otorguen", asegurando que los nuevos plazos se aplicarían a las licencias emitidas después de la promulgación de la ley. Esta modificación obligó a que el proyecto regresara a la Cámara de Diputados para una segunda revisión.
QUÉ PASARÁ CON LOS QUE CONDUZCAN ALCOHOLIZADOS
Cabe aclarar que en el caso de quienes han cometido infracciones relacionadas con el consumo de alcohol, se impondrán plazos de vigencia más cortos para sus licencias.
En estos casos el plazo será de cinco años. "Esta distinción busca reforzar la responsabilidad en la conducción, fomentar la educación vial y crear conciencia sobre la importancia de una conducción responsable, promoviendo así un cambio de comportamiento más positivo. Al aplicar excepciones a conductores con antecedentes de infracciones graves, se asegura que las normas se apliquen de manera equitativa, beneficiando a quienes cumplen con las leyes y manteniendo altos los estándares de seguridad vial", argumenta el proyecto del Poder Ejecutivo.
QUPE PASARÁ CON LOS MAYORES DE 65 AÑOS
El otro cambio tiene que ver con el periodo de duración de la licencia en los mayores de 65 años. Así, se plantea que las licencias otorgadas a personas que tengan una edad entre los 66 años hasta setenta y 75 años, tendrán una vigencia de cinco años.
A partir de los 76 años la vigencia de la licencia de conducir será de tres años.
En estos casos, el valor de la renovación será el 50% del arancel establecido por las normas tarifarias.
REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN
- Que no haya transcurrido más de un año desde su vencimiento.
- Presentar certificado de libre deuda de infracciones de tránsito.
- Declarar bajo juramento que no se padecen o hayan padecido afecciones cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas o sensoriales que afecten la aptitud para conducir.
- Aprobar un examen médico psicofísico, en el que se determine su aptitud física, visual, auditiva y psíquica para conducir.
- Pagar el arancel establecido en las normas tarifarias.
En tanto, no se exigirá una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia, salvo expresa indicación médica.