El 1° emprendimiento de cannabis medicinal indoor, más grande de Argentina está en el este mendocino
El primer emprendimiento de cannabis medicinal iIndoor más grande de Argentina ha comenzado a operar en Santa Rosa, Mendoza.
Durante este día, se llevó a cabo lanzamiento en Bodega Estancia El Retiro, marcando un precedente importante en la industria del cannabis en el país.
Este innovador proyecto promete revolucionar el mercado del cannabis medicinal, ofreciendo productos de alta calidad cultivados en condiciones controladas y optimizadas para garantizar su eficacia y seguridad.
La jefa comunal de Santa Rosa, Flor Destéfanis, posteo en sus redes sociales “Venimos apostando desde Santa Rosa Mendoza Municipio hace varios años por este tipo de emprendimientos, promocionando la llegada de inversiones y establecimiento una base sólida para que empresarios como Alfredo Vila se animen a invertir y creer en nuestro pueblo, además de ayudarnos a diversificar la matriz productiva” con gran emoción detalló.
¿CUAL ES EL EMPRENDIMIENTO DE CANNABIS MEDICINAL INDOOR?
KCBD CORP S.A es el primer y único cultivo indoor de cannabis medicinal a nivel industrial en Mendoza y Argentina. Llevando adelante una agricultura de precisión.
Se basa en brindar un sistema inteligente de fertirriego, inyección de aire tratado, tecnología de vanguardia en iluminación hortícola, aplicar protocolos de fitomejoramiento constante, asegurando la mejor calidad genética en Cannabis Sativa L.
Sumado a todo esto KCBD trabaja bajo parámetros controlados con el fin de obtener óptima sanidad ambiental para así lograr materia prima de grado farmacéutico.
Comercialización de Semilla de Cannabis Sativa L.
La Resolución Nº 260 del 23 de junio de 2022 regula las condiciones de comercialización de los órganos de propagación de la especie Cannabis Sativa L., con la finalidad de determinar la trazabilidad de sus productos vegetales, estableciendo que:
- La comercialización de los órganos de propagación de esa especie será bajo la categoría de semilla de Clase IDENTIFICADA nominada con obligatoriedad de mención al cultivar de origen, y
será obligatorio el rotulado de seguridad (por envase de semillas y por lote de esquejes enraizados o plantines) con la información requerida. - Sólo se podrá importar para su comercialización y/o difusión variedades que estén previamente inscriptas en el Registro Nacional de Cultivares, a excepción de las variedades utilizadas por los proyectos de investigación aprobados por el Ministerio de Salud de la Nación.
- Esta norma obedece a la necesidad de brindar al usuario garantías sobre el material genético que adquiere, responsabilizando al identificador en su rotulado, quien debe asegurar el mantenimiento de pureza, basado en el descriptor al que tiene que ajustarse para garantizar su identidad.
Para llegar a esta instancia hemos recorrido un largo trayecto que inició con el registro de germoplasma nacional de la especie, para dar respuesta a lo planteado en la Ley Nº 27.350 de Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta y sus derivados. A esto se suma la sanción de la Ley N° 27.669 de Marco Regulatorio para el Desarrollo de la Industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial, que una vez instrumentada elevará la demanda de materiales de propagación para esa industria.
En ese marco, el INASE cumple la función de normar el circuito de registro, producción y comercialización de semilla nacional, asegurando al productor y al usuario una semilla identificada y de calidad.
¿Quiénes pueden comprar y vender semillas de Cannabis Sativa L.?